GUÍA · LEY 21.836 CHILE · REVISADA EL 2 DE OCTUBRE DE 2026

Nuevo subsidio a la tasa
y garantía FOGAES

El 17 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.836, que amplía el subsidio a la tasa y la garantía FOGAES para comprar vivienda nueva con un pie de 10 %. Aquí tienes los números y la letra chica.

🗓️ Revisión del 2 de octubre de 2026. Volvimos a contrastar esta guía con MINVU, FOGAES y la normativa del beneficio. Corregimos el tope anterior (era UF 4.000, no UF 4.500), aclaramos que el beneficio no limita el número de viviendas y que la rebaja es de hasta 0,60 pp, y sumamos qué cuenta para el valor de la vivienda. Seguiremos actualizando esta página cuando cambie la normativa.

Los 4 cambios de la Ley 21.836

• Tope de UF 6.000: antes era de UF 4.000. Se mira el menor valor entre la tasación del banco y el precio de compraventa, con IVA, y puede incluir estacionamiento y bodega si los compras junto con la vivienda.
• Financiamiento de hasta 90 %: con la garantía estatal del FOGAES (Fondo de Garantías Especiales) el crédito puede llegar al 90 % del valor, así que el pie mínimo es de 10 %.
• Subsidio a la tasa de hasta 0,60 pp: se descuentan 60 puntos base de la tasa sin subsidio que ofrece el banco, desde el primer dividendo. Esa tasa no puede superar la tasa de referencia que fija Hacienda, y el subsidio solo se entrega junto con la garantía FOGAES.
• Más cupos y más plazo: pasan de 50.000 a 80.000 cupos y la vigencia llega hasta el 31 de mayo de 2028 (o hasta agotar los cupos).

Cuánto cambia tu dividendo: un ejemplo con la UF de hoy

Departamento nuevo de UF 3.200, 25 años y pie de 10 % (crédito de UF 2.880). Las tasas son un supuesto de ejemplo: 4,80 % sin subsidio y 4,20 % con el descuento de 0,60 pp. La tasa que te ofrezca cada banco puede ser distinta. Valores en pesos con la UF de hoy ($41.199,85).

• Sin subsidio: dividendo de UF 16,50 ($679.893 al mes). Con la regla del 25 % de la renta, hace falta una renta líquida de ~$2.719.571.
• Con subsidio: dividendo de UF 15,52 ($639.485 al mes) y una renta mínima de ~$2.557.940.

La diferencia es de UF 0,98 al mes: en 25 años suma UF 294 (unos $12,1 millones con la UF de hoy; en pesos de cada año variará con la UF). Y para dimensionar el tope: UF 6.000 equivalen hoy a unos $247,2 millones, con un pie mínimo de UF 600 ($24,7 millones).

Requisitos del beneficio

1. Persona natural.
2. Vivienda nueva, en primera venta. No aplica a usadas. Puede ser un proyecto en verde mientras haya cupos, y no importa cuándo se otorgó la recepción municipal.
3. Valor hasta UF 6.000, tomando el menor entre tasación y precio de compraventa, con IVA.
4. Fecha de la promesa: la compraventa no puede derivar de una promesa firmada antes del 31 de diciembre de 2024. No es obligatorio tener promesa.
5. Documentos y riesgo: declaraciones juradas, y cumplir las políticas de riesgo del banco. Si el crédito es de UF 50 o más, no puedes figurar en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
6. Sin límite de viviendas: la normativa no restringe cuántas viviendas puedes comprar con el beneficio.
7. Se pide en el banco, no en el MINVU ni en el Serviu, en una de las instituciones participantes.

Los requisitos de fondo vienen de la Ley 21.748 y su reglamento; según las fuentes que revisamos, la Ley 21.836 cambió el tope, los cupos y el plazo. Cada banco hace su propia evaluación.

⚠️ Revisa el borrador de la escritura

Antes de firmar, pide al banco y a la notaría el borrador de la compraventa y la hipoteca, y comprueba que el crédito figure como acogido a la garantía FOGAES y al subsidio, tal como te lo informó el banco. Cada institución tiene su procedimiento: pregunta por escrito qué menciones incluye y quién las gestiona. Si algo no coincide con tu aprobación, corrígelo antes de la firma, no después.

📌 En nuestro simulador: marca la casilla de "Vivienda nueva". Si el inmueble está dentro de UF 6.000, el cálculo de todas las entidades se recalcula con la tasa subsidiada y el financiamiento al 90 %.

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Otro anuncio a seguir: Tramo 4.000

El 5 de junio de 2026, Minvu anunció un llamado especial con 5.000 cupos iniciales: aporte de 400 UF, ahorro mínimo de 200 UF y viviendas nuevas o usadas de hasta 4.000 UF (4.500 UF en zonas extremas indicadas por Minvu).

Ese anuncio preveía apertura durante el segundo semestre. Al revisar el 10 de octubre no confirmamos aquí un llamado abierto ni sus fechas finales. Consulta Minvu/Serviu antes de contar el aporte. Nuestro simulador no aplica esas 400 UF. La garantía FOGAES descrita arriba sigue exigiendo vivienda nueva.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el tope de valor de la vivienda para la Ley 21.836 y FOGAES?

El tope subió de UF 4.000 a UF 6.000. Cuenta el menor valor entre la tasación del banco y el precio de compraventa, con IVA incluido; el estacionamiento y la bodega entran en el valor si compras todo junto. Con la UF de hoy, UF 6.000 son unos $246 millones.

¿Cuánto es la rebaja en la tasa de interés?

Es de hasta 0,60 puntos porcentuales (60 puntos base): se descuenta de la tasa sin subsidio que ofrece el banco, desde el primer dividendo, y esa tasa no puede superar la tasa de referencia que fija el Ministerio de Hacienda. El subsidio solo se entrega junto con la garantía FOGAES.

¿Puedo comprar una vivienda usada con este subsidio?

No. Tiene que ser la primera venta de una vivienda nueva. Puede ser un proyecto en verde mientras haya cupos, y no importa cuándo se otorgó la recepción municipal.

¿Se postula en el MINVU o en el banco?

No se postula en el MINVU ni en el Serviu. Se pide en una de las instituciones financieras participantes, al solicitar el crédito hipotecario; MINVU informa 18 entre bancos, mutuarias y otros prestamistas. Revisa el listado vigente en los sitios de MINVU y FOGAES antes de elegir.

¿Hasta cuándo puedo pedirlo?

Hasta el 31 de mayo de 2028 o hasta que se agoten los 80.000 cupos, lo que ocurra primero. La ley anterior fijaba el plazo hasta 2027 y 50.000 cupos.

¿Sirve solo para la primera vivienda?

No. La normativa del beneficio no pone un límite al número de viviendas: pide ser persona natural y que sea la primera venta de una vivienda nueva. Sí necesitas declaraciones juradas y cumplir las políticas de riesgo del banco; si el crédito es de UF 50 o más, no puedes figurar en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

¿Qué pasa con la escritura de compraventa?

Pide al banco y a la notaría que el borrador refleje que el crédito se acoge a la garantía FOGAES y al subsidio, y compáralo con lo que te informó el banco antes de firmar. Cada institución tiene su propio procedimiento, así que pregunta por escrito qué menciones incluye.

¿La rebaja del IVA a viviendas nuevas es parte de esto?

No, es otra medida: la exención transitoria del IVA a la primera venta de viviendas nuevas, cuyo proyecto ingresó el 22 de abril de 2026. Según la prensa a fines de septiembre, su entrada en vigencia dependía de la publicación de la ley. Revisa su estado antes de contar con ese descuento; nuestro simulador no la incluye.

Para convertir UF a pesos con el valor de hoy: Valor UF hoy · Gastos operacionales · UF y dividendo.

Fuentes revisadas el 2 de octubre de 2026: Ley 21.836 en el Diario Oficial (17-08-2026) · Ley 21.748, Biblioteca del Congreso Nacional · MINVU, FOGAES · FOGAES · Cámara de Diputados, 5-08-2026. Guía informativa y educativa de Hola CasaClara Chile, no asesoría financiera ni legal. Confirma siempre las condiciones con la institución financiera antes de escriturar.

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